jueves, 4 de mayo de 2023

Cerrado

RETENCION 30% DEL MONTO TOTAL DELITBIS FACTURADO

Buenas tardes!

La empresa emitó una factura por servicios al que la institución que le brindamos dicho servicios retuvo el 30% del monto total del ITBIS. Entonces, como reflejo la factura en el 607?

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Yoli. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para reportar en el formato 607 el ITBIS retenido por terceros, debe colocar el monto del ITBIS retenido en la columna 10 "ITBIS Retenido por Terceros".  

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 2 años

Ese monto te lo vas compensar en la declaración de ITBIS (IT1) del mes en que se te hizo el pago (que sería la fecha de retención), y tu cliente debe darte una carta de esa retención. 

@alexanderfm​ Gracias por su respuesta. En lo que aún no estoy segura es si tengo que poner en el 607 el itbis facturado y la retención del 30%?

En tu declaración del 607 sólo pondrás el itbis total facturado.

Quien te hizo la retención del 30% la pondrá en su declaración del 606. (Tu cliente, no tu).

(Editado)

hace 2 años

Ese monto te lo vas compensar en la declaración de ITBIS (IT1) del mes en que se te hizo el pago (que sería la fecha de retención), y tu cliente debe darte una carta de esa retención. 

Por ejemolo:

Si tu factura fue de realizada en fecha 3 abril 2023 y el cliente te pagó ahora el 4 mayo 2023, y te hizo una retención del 30% del itbis de esa factura, tu te vas a compensar ese valor en la declaración de itbis (IT1) del mes de mayo, que fue la fecha de tu retención y pago.

En el anexo A del formulario IT1, está la casilla (29. Pagos Computables por otras Retenciones (Norma No. 02-05)), aquí colocarás este valor o la sumatoria de todas las retenciones de ese mes (pagos realizados en ese mes con retenciones, en este caso puesto como ejmp. MAYO).

(Editado)