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Retención servicios técnicos entre personas jurídicas
saludos, tengo una duda, tengo entendido que a las servicios técnicos no se le hace retención del 30%, ¿si la empresa que está dando el servicio en su actividad económica no tiene esta actividad (tiene que hace servicio de ingeniería, obra civil, etc.), en este caso si aplica retención?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 días
Buenas tardes, Arianny. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, debe especificarnos que servicio técnico es que le está brindando la empresa, con el fin de que podamos realizar las validaciones y verificaciones de lugar.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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