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Retención persona física por mantenimiento de aire
Buenas Tardes, soy constructora
Recibí el servicio de mantenimiento de aire acondicionado por parte de una persona física.
la persona me emitió factura con NCF, debo aplicarle la retención del 10% ISR y 100% ITBIS?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes. Gracias por contactarnos.
Le informamos que la entidad jurídica debe realizar la retención del 2% de ISR, ya que el servicio brindado es considerado un servicio técnico y el 100% del ITBIS facturado.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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