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Retención persona extranjera
Buenos días,
¿Cual es la retención que aplicaría para un extranjero por realizar un servicio profesional educativo y que se encuentra en la República Dominicana con permiso temporal de trabajo, próximo a renovar y cuál es el procedimiento para reportar dicha retención?
Agradecida por su respuesta.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Alejandra. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, cuando realice pagos por concepto de servicios a personas físicas no registradas que no poseen cédula dominicana por servicios de educación o capacitaciones, a fines de sustentar el gasto deberá emitir un Comprobante de Pagos al Exterior (NCF del Tipo B17). Asimismo, deberá efectuar la retención del 27% correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) establecida en el Artículo 305 del Código Tributario, toda vez que la referida retención concierne al impuesto que deberán pagar los extranjeros en calidad de sujeto pasivo por obtener rentas de fuente dominicana, al tenor de lo dispuesto por el Artículo 272 del referido Código.
Importante:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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