DA

jueves, 14 de diciembre de 2023 20:29

Cerrado

Retención Pago al Exterior

Buenas tardes 

Estamos contratando un proveedor  de Servicios de Evaluaciones, con domicilio  en Costa Rica . Por la Suscrpción anual tiene un costo XX  y por la implementacion costo XX .   Esta sujeto a la Retención  del 27%  el valor  total  a pagar.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Denny. Gracias por contactarnos.

 

Sí, la tasa del ISR que debe retener a los pagos realizados al exterior es de 27%. Esta retención solo aplica a los pagos por concepto de prestación de servicios.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 305 (modificado por el Art. 5 de la Ley 253-12); Ley 11-92 Art. 297, Párrafo II (modificado por el Art. 11 de la Ley 253-12).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.