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miércoles, 23 de septiembre de 2026

Retención Norma 02-26

Buenos dias, 

Cuando una persona física que este autorizada como emisor electrónico y facture mediante un comprobante fiscal electrónico (e-CF) a una persona Jurídica ¿Debe la persona jurídica debe realizar retención del ITBIS?

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Solución oficial

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que las disposiciones de la Norma 02-26 no influyen en las retenciones que deben efectuar las personas jurídicas a las personas físicas, dado que la Norma 02-26 hace referencia específicamente a las retenciones establecidas en la Norma 02-05 y en sus modificaciones.

 

Las retenciones que deben efectuar las personas jurídicas a personas físicas no se encuentran establecidas en la Norma 02-05 ni en sus modificaciones, sino en el Código Tributario.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.