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Retención ITBIS Persona Jurídica Acogida al RST
Saludos!
Tengo una inquietud con respecto a las facturas emitidas por personas juridicas acogidas al RST. Al momento de facturar la compra de un bien y este esté gravado con ITBIS, se le debe retener dicho ITBIS ? Siendo yo una persona Juridica.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.6K Mensajes
hace 4 meses
Buenos días, Juan. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, al realizar transacciones con contribuyentes acogidos al RST se debe aplicar retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y del Impuesto Sobre la Renta en los siguientes casos, según corresponda:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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