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Retención ISR persona fisica venta de bienes
Como persona jurídica adquiriré unas camisas a una persona física no registrada en DGII, le emitiré un B11.
Pregunto: En esta transacción donde pagaré por el producto final terminado, que retenciones aplica para esa persona física?


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 meses
Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.
Cuando una entidad jurídica adquiera bien por una persona física no registrada, corresponde realizar la retención del 100% del ITBIS facturado.
En ese mismo orden, es importante resaltar que no aplica realizar la retención del ISR por la compra de un bien.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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