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Retención en Alquiler de Vallas Publicitarias
Buenas tardes, quiero saber, si tengo una factura en la cual el concepto es "Alquiler de Vallas Iluminadas" pero la empresa a la cual le alquilo las vallas es quien me elabora y publica la publicidad en dichas vallas, ¿debo considerar este servicio como publicidad o como alquiler? ¿ y de ser alquiler, aplica la retención del 30% del ITBIS? la factura en ninguna parte menciona publicidad, sólo el alquiler de las vallas. Aunque para mi, el fin es la publicidad, yo estoy pagando por esa publicidad, según la factura es un alquiler.
Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 6 años
Ustedes son una empresa y le brindan el servicio de alquiler de una valla a otra empresa para que estos les realizen la publicidad? por favor datallanos bien tu consulta.
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Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 6 años
Consideración importante:
Aplica retención la publicidad u otros servicios gravados por el ITBIS prestados por entidades no lucrativas en un 100% del ITBIS facturado.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Pedro Pablo Barinas Barinas
663 Mensajes
hace 6 años
Deberian poner publicidad en espacio (Vallas) y entiendo que este concepto dejaría sin efecto aplicar la retención establecida.
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seguros
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hace 6 años
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seguros
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hace 6 años
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