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Retención del 5% por entidad gubernamental a una ISFL
Buenos días,
Somos una ISFL y estamos desarrollando un proyecto bajo convenio con una entidad gubernamental. Al realizar el desembolso, la entidad gubernamental retuvo el 5% por ISR, aunque le explicamos que como ISFL estamos exentos del pago de ISR.
Existe algún mecanismo para recuperar ese monto que fue retenido?
Agradezco su atención.
Solución aceptada
Solución oficial
OTM .
2.1K Mensajes
hace 4 años
Buenos días María. Gracias por escribirnos.
Cuando las instituciones sin fines de lucro realizan actividades diferentes a las que fueron creadas y con el fin de generar rentas o cualquier otra forma de beneficio, deben cumplir con los deberes y obligaciones tributarias establecidas en la legislación fiscal dominicana.
Le recomendamos canalizar su inquietud con la Gerencia Legal mediante una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Consideraciones Importantes
El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Puede visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) sin cita de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar algunas de las administraciones locales es necesario solicitar una cita de acuerdo con dichos avisos:
Tomar en cuenta, que las siguientes administraciones locales no necesitan citas previas y puede visitarla en horario acostumbrado de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, María.
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Maria Estela García
22 Mensajes
hace 4 años
Gracias!
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