MJ

viernes, 16 de febrero de 2024 17:42

Cerrado

Retención del 30%

Buenas tardes!! 

Me gustaría saber si debo retenerle el 30% del Itbis a una empresa que me brinda servicio de impresión, confesión e instalación.

Esa empresa en su actividad económica esta como SERVICIOS DE PUBLICIDAD.

Solución oficial

Buenas tardes, Massiel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el servicio de publicidad no se encuentra sujeto a retención cuando este es prestado entre Personas Jurídicas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.