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jueves, 7 de noviembre de 2024 16:26

Cerrado

Retención del 30% del ITBIS

¿Es necesario realizar una retención del 30% del ITBIS a un proveedor que me vende fundas personalizadas con mi logo impreso, considerando que este servicio incluye tanto la venta del bien (fundas) como el servicio de impresión?

Solución oficial

Buenas tardes, Leidy. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el servicio de publicidad (Diseñó gráfico) no es considerado como un servicio profesional liberal, por lo que no se encuentra sujeto a retención cuando este es prestado entre Personas Jurídicas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.