jueves, 2 de mayo de 2019 19:37

Cerrado

Retención del 30% del Itbis a servicios Metalmecanicos.

Buenas tardes, en una empresa metalmecanica, donde se prestan servicios de corte, doblez, rectificación, confección, rolado, reparación, soldadura y fabricación general de piezas metálicas donde en la mayoría de los casos suministramos el material deben los clientes retener el 30% del Itbis .

Solución oficial

2.3K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes, según verificamos su consulta fue respondida por el Sr. Juan Encarnación. 

La retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) no aplica cuando es un servicios de cortes, doblez rectificación, confección, rolado, reparación, soldadura y fabricación de piezas metálicas  ya que este servicio no es considerado como un servicio profesional liberal.

Base Legal: Norma General 02-05, Arts.1, 3 y 6 modificada por la Norma General 07-09 y la Norma General 13-07; Norma General 01-11, Art. 1.

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda.

hace 6 años

Buenas tardes, para los servicio técnicos y suministros de mercancias que ustedes se refieren: Servicios de Cortes, doblez rectificación, confección, rolado, reparación, soldadura y fabricación de piezas metálicas, no aplica la Norma 02-2005, ya que estos servicios no están clasificados como servicios profesionales, siempre y cuando estos servicios los brinda una persona jurídica, porque de ser una persona física la retención seria del 100% del ITBIS Y 2% ISR.