miércoles, 23 de septiembre de 2026

Retención del 2% a servicios no personales luego de la ley 30-26

Buenos días Estimados,

Solicito su amable orientación respecto a la retención de impuestos que debe aplicar una Persona Jurídica al contratar a un proveedor informal para realizar un trabajo de reparación y adecuación del sistema de desagüe en la cocina (emitido mediante comprobante de compras / B11 o E41).

Teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley 30-26:

  1. ITBIS: ¿Corresponde la retención del 100% del ITBIS facturado o transparentado en el comprobante?

  2. ISR: Dado que se trata de un servicio técnico/plomería no profesional, ¿se mantiene la retención del 2% de ISR por concepto de servicios no personales (según el Art. 309 del Código Tributario y el Reglamento 139-98), o este tipo de servicio sufrió alguna variación con la nueva legislación?

Agradezco de antemano su aclaración sobre el tratamiento fiscal correcto para este registro.

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Solución oficial

Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, en este caso, corresponde la retención de 100% del ITBIS facturado y de un 3%, correspondiente al Impuesto Sobre la Renta; teniendo en cuenta que la retención del 2%, establecida en el artículo 70 del Reglamento 139-98, resultaba de aplicar la retención del 10%, establecida en el Código Tributario, sobre la base del 20% del monto facturado que se establece en el reglamento. En tal sentido, al ser modificada la tasa de retención establecida en el Código Tributario de un 10% a un 15%, aplicada sobre la base del 20% del monto facturado, resulta en la retención un 3% del monto facturado. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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