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Retención del 0.20% para la venta de cheques
Buenas;
La consulta que tengo es, ¿Corresponde la retención del 0.20% a la venta de cheques en DOP, donde el remitente y beneficiario son el mismo? Estoy consiente de que la venta de cheques en USD y EUR están exentos del mismo. Pero me queda la duda de que si esta excepción se extiende a los de moneda local (DOP).
Quedo atenta a sus comentarios.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 7 días
Buenas tardes, Risel. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que corresponde el pago del impuesto de 0.002 sobre el valor del cheque cuando sea pagado por la entidad financiera, puesto que la legislación actual no contempla exención para los casos en que el remitente y el beneficiario sean la misma persona en el caso de los cheques.
Si desea confirmar cuáles son las exenciones vigentes para el pago del impuesto por transferencias electrónicas y emisión de cheques, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada al respecto, haciendo clic en el siguiente enlace: CA2342 ¿Existe alguna exención para el pago del impuesto a la emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 7 días
Buenas tardes, Risel. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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