1 Mensaje
RETENCIÓN DE ITBIS ERRADA ENTRE SOCIEDADES
¡Hola estimada comunidad!
Mi nombre es Sury Mena González y soy contador de profesión. Uno de mis clientes (persona jurídica) se dedica al servicio de limpieza de piscinas. Le han realizado un pago recientemente reteniéndole el 30% del ITBIS facturado, basados en la norma general 02-05.
Le hemos explicado a la empresa que le realizó dicha retención, que la misma no aplica; ya que se trata de un servicio técnico y que lo norma estable que, los servicios que están sujetos a esta retención son los profesionales liberales entre sociedades.
Agradeceremos su respuesta, a fin clarificar el caso.
Saludos cordiales,
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Sury. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, la limpieza de piscinas es un servicio técnico, por lo que, no aplica la retención del ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Sury. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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