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Retención de itbis en servicios de creación de contenido para redes
Buenos días,
En nuestra empresa estamos incursionando en la contratación de influencer para la creación de contenido para nuestras redes , me gustaría saber si una persona juridica me ofrece el servicio de creación de contenido para redes sociales , si dicho servicio aplicaría para a retención del 30% el itbis , es decir , si el mismo podría ser considerado como un servicio profesional liberal



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes, Yusmilka. Gracias por contactarnos.
Sí, aplica la retención del 30 % del ITBIS facturado, ya que el servicio de publicidad entre entidades jurídicas se considera un servicio profesional.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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