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Retención de ITBIS e ISR a una persona física suspendida
Saludos
Si realizo una retención de ITBIS e ISR a una persona física y al momento del pago estaba normal y activo, pero cuando voy a realizar la declaración la persona ya esta suspendida en la DGII. Como puedo realizar el pago a la DGII de esas retenciones ya realizadas al proveedor?
Cuando intento realizar el envió del 606 no me permite porque dice que la persona esta suspendida.
Pero como ya había mencionado esta suspensión ocurrió después de yo haber realizado la retención. Que puedo hacer para declarar y pagar a la DGII esta retención?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenas tardes, April. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, debe requerirle a su proveedor que regularice su situación, con el fin de que pueda reportar dichas retenciones.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, April. ¡Gracias por contactarnos!
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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