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Retención de Impuestos en pagos realizados por Caja Chica
Buenas Tardes
Laboro en una institución del Estado, y nos informan que los pagos realizados por caja chica por servicios que se contratan, no se le debe realizar las retenciones correspondientes, dígase ITBIS e ISR. Es esto correcto?


Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 18 horas
Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, cuando las entidades del Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos realicen pagos a sus proveedores (Personas Físicas o Jurídicas) por la adquisición de bienes y servicios en general, no ejecutados en relación de dependencia deben retener un 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) cuando. No obstante, cuando estos pagos sean a favor de Personas Físicas no registradas, la retención debe ser de un 10% de conformidad con las disposiciones establecidas en los literales b y f del artículo 309 del Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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