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lunes, 27 de marzo de 2023

Cerrado

Retención a persona física por comisiones

Buenas tardes, 

Si como persona física y decoradora de interiores, una empresa/tienda que es persona jurídica y que vende muebles y artículos del hogar me paga una comisión por venta (porque fui a comprar los muebles de mi cliente en su tienda), para pagarme esa comisión me dicen que debo facturarles. Le facturo por concepto de honorarios/comisiones. La tienda debe retenerme el 100% de itbis y el 10% de ISR??? 

Gracias, 

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Solución oficial

Buenos días, Karina. Gracias por contactarnos.

 

Sí, las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retenerle el ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios en su caso en particular el 10% para los servicios profesionales y el 100% del ITBIS generado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61217gBTeD)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61210gBTeG


Es un placer servirle.