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Retención a persona física por comisiones
Buenas tardes,
Si como persona física y decoradora de interiores, una empresa/tienda que es persona jurídica y que vende muebles y artículos del hogar me paga una comisión por venta (porque fui a comprar los muebles de mi cliente en su tienda), para pagarme esa comisión me dicen que debo facturarles. Le facturo por concepto de honorarios/comisiones. La tienda debe retenerme el 100% de itbis y el 10% de ISR???
Gracias,


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Karina. Gracias por contactarnos.
Sí, las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retenerle el ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios en su caso en particular el 10% para los servicios profesionales y el 100% del ITBIS generado.
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