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Retención a persona física (cédula registrada)
Tengo una factura electrónica E31 emitida por una Persona Física a mi empresa, que es Persona Jurídica, por concepto de mantenimiento de aire acondicionado, por un monto de RD$3,000 más RD$540 de ITBIS.
Quisiera confirmar qué retenciones corresponden aplicar a este servicio a partir del 1 de julio de 2026:
¿Corresponde retener el 3% de ISR sobre los RD$3,000?
¿Corresponde además retener el 100% del ITBIS (RD$540)?
¿La retención aplica de esta manera aunque el proveedor emita una factura electrónica con NCF E31?
Agradezco confirmar el tratamiento correcto para reportarlo en el 606 e IR-17.


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