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Retención a empresas de contrucción
Buenas tardes,
Si contrato a una constructora para la remodelación de un local comercial, al finalizar el trabajo, ¿cuales retenciones aplican? ¿Qué debo retener?
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Buenas tardes,
Si contrato a una constructora para la remodelación de un local comercial, al finalizar el trabajo, ¿cuales retenciones aplican? ¿Qué debo retener?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
485 Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Pamela. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, en la Norma 07-07 en el artículo 4 establece que:
Artículo 4.- Cuando un contratista o subcontratista, sean estas Personas físicas o
Jurídicas, realicen trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales,
equipos o piezas de la construcción, la facturación del 16% del ITBIS se aplicará sobre el
10% del monto total de los trabajos facturados. El ITBIS facturado de esta manera, estará
sujeto a la retención del 100% si quién factura es una Persona Física y de 30% si quién
factura es una Persona Jurídica.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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