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RETENCIÓN 5% PAGOS REALIZADOS POR EL ESTADO A RST
Debe el Estado de aplicarme la retención del 5% de ISR en los pagos que me efectúe si estoy acogido al RST?
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Debe el Estado de aplicarme la retención del 5% de ISR en los pagos que me efectúe si estoy acogido al RST?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 14 días
Buenas tardes, Aneuris. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, el Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos deben retener un 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) cuando realicen pagos a sus proveedores (Personas Físicas o Jurídicas) por la adquisición de bienes y servicios en general, no ejecutados en relación de dependencia. No obstante, cuando estos pagos sean a favor de Personas Físicas y correspondan a los conceptos indicados en los literales del párrafo del Art. 309 del Código Tributario, la retención debe ser efectuada conforme los porcentajes señalados en dichos literales, de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 68 bis del Reglamento 139-98.
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