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Retención 5% de una entidad gubernamental
Las empresas del estado están facultadas de acuerdo a la legislación local para aplicar retención del 5% sobre un Anticipo?
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Las empresas del estado están facultadas de acuerdo a la legislación local para aplicar retención del 5% sobre un Anticipo?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 4 meses
Buenos días, Adileydi. Gracias por contactarnos.
Atendiendo a su consulta, le informamos que, de conformidad con lo establecido en la Ley 11-92, Art. 309, Literal e (modificado por la Ley 253-12, Art. 10 Literal e), cuando las Entidades del Estado y sus dependencias efectúe pagos parciales o totales a personas físicas y jurídicas por servicio deberá retener el 5% por concepto de Impuesto Sobre La Renta (ISR).
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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