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miércoles, 17 de enero de 2024

Cerrado

Retención 1% Norma 07-2011

Buenas tardes,

Mi empresa va a comprarle unas acciones al Banco Agrícola, según la Norma 07-2011, debo retenerle el 1% por ganancia de capital. De acuerdo on lo establecido en el Art. 91 de la Ley No. 6186, el Banco Agrícola está exento de todo tipo de impuesto. En tal sentido, debo aplicar o no la Norma 07-2011 y tener el 1%.

Saludos,

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Solución oficial

Buenos días, Pablo. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que el banco debe entregarle una certificación documento en donde se valide que se encuentra exento de dicha retención, en caso contrario, debe realizar la retención correspondiente en cada caso.

 

Importante:

 

En la adquisición de acciones o cuotas sociales debe retener el 1% del valor pagado al vendedor, sea éste persona física, jurídica, nacional o extranjero.

 

Consideraciones Importantes:

  • Se encuentran exentas de esta retención, las acciones inscritas en el Registro del Mercado de Valores que se suscriban y negocien en el Mercado de Valores y que sean parte de una oferta pública. Los puestos de bolsas y el Depósito Centralizado de Valores deben remitir a la DGII, las informaciones concernientes a todas las operaciones que involucren la compra y venta de estas acciones y de los instrumentos afines a ellas.

 

  • La remisión de esta información debe realizarse a partir del mes de junio de 2021 y a más tardar los días 15 de cada mes.

 

  • Esta retención constituye un pago a cuenta del impuesto sobre la ganancia de capital que deberá pagar el vendedor de las acciones o cuotas sociales.

 

  • El comprador deberá reportar en el IR-17 la retención realizada del 1%, a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realice el pago al vendedor.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 289; Norma 07-2011, Art. 1, Párrafo I, modificada por la Norma General 01-21, Art. 2.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.