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jueves, 12 de diciembre de 2024 17:02

Cerrado

Responsable Tributario CRM

Estimados, 

¿La persona desginada como responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la sociedad debe ser alguien que figure en el Certificado de Registro Mercantil de la misma? Ya sea como miembro del órgano de gestión/consejo de administración de la sociedad o persona autorizada a firmar? Es decir, ¿es un requisito que figure en el CRM de la sociedad o puede ser designada una persona relacionada con con la administración de la sociedad aun cuando no figure en el Certificado de Registro Mercantil?

Solución oficial

Buenas tardes, Luis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, las sociedades deben designar como responsable del cumplimiento de obligaciones tributarias ante la DGII a una persona física que posea una o varias de las calidades que dispone el literal “J” del artículo 3 de la Ley 25-24, a saber:

 
  • Los presidentes, vicepresidentes, directores, gerentes, administradores o representantes de las personas jurídicas y de los demás entes colectivos con personalidad reconocida, así como los que dirijan, administren o tengan la disponibilidad de los entes colectivos que carecen de personalidad jurídica, incluso las sucesiones indivisas, cuando estando a su cargo el fiel cumplimiento de las obligaciones establecidos en el código, y deberes tributarios en las leyes especiales tributarias, en los reglamentos de aplicación y normas generales emitidas por la Administración Tributaria; como directivos de la persona jurídica, hubiesen rehuido responsabilidad o consentido el incumplimiento tributario ya sea de manera dolosa o culposa.

Importante:
Esta persona no podrá ser un ajeno a la administración, dominio y transacciones del negocio.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

2 Mensajes

Pero puede designarse a una persona que no figure en el Certificado de Registro Mercantil? Por ejemplo, el encargado fiscal de una sociedad, el cual no figura en el Certificado de Registro Mercantil de la misma pues no es gerente ni ninguna de las otras calidades mencionadas, pero sí sería el representante legal de la sociedad para fines fiscales.

Buenos días, Luis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, las sociedades y/o entidades que a la fecha publicación del aviso 21-24 ya se encontraban inscritas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) deben designar al responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante una solicitud de actualización al RNC, la cual debe incluir copia del acta de asamblea o del acto aplicable que así lo designe registrado en la Cámara de Comercio y Producción.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Luis. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.