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Responsabilidad Social Empresarial
Estimados Sres. DGII:
Existe alguna normativa nacional que establezca el deber de las empresas de destinar algún porcentaje de sus beneficios hacia obras de bien social/iniciativas de responsabilidad social empresarial? De ser así, favor de indicar:
- Si las áreas sobre las cuales es posible intervenir se encuentran determinadas por la legislación (o en su defecto queda a discreción de la empresa) y,
- Si a nivel de impuestos este tipo de intervenciones sociales da lugar a alguna exención, devolución, compensación o figura afín a favor de la empresa. Y cuáles serían sus requisitos y canales para aplicar válidamente.
Gracias de antemano por su valiosa respuesta.
Saludos cordiales,
Rocío Peralta.-
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenos días, Rocio. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, las donaciones que se encuentran exentas del pago del Impuesto por Donación son las siguientes:
Consideraciones Importantes:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
4.5K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Rocio. ¡Gracias por contactarnos!
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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