En atención a su consulta, le informamos que, si desea optar por el fraccionamiento debe canalizar su solicitud en la Administración Local más cercana depositando los siguientes documentos:
Carta de solicitud timbrada, firmada, y sellada, en la que se indique la intención de realizar el pago de esta contribución en cuotas semestrales.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, o pasaporte en caso de extranjeros, del socio o máxima autoridad de la institución que firma la carta.
Carta de autorización timbrada, firmada y sellada.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada.
Importante: Las cuotas tendrán como fecha límite de pago el 30 de junio (primera cuota) y el 31 de diciembre (segunda cuota). El incumplimiento de estos pagos en las fechas indicadas conllevará la aplicación de los recargos por mora e intereses indemnizatorios establecidos en los Arts. 26, 27 y 252 del Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 días
Buenos días, Vladimir. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, si desea optar por el fraccionamiento debe canalizar su solicitud en la Administración Local más cercana depositando los siguientes documentos:
Importante:
Las cuotas tendrán como fecha límite de pago el 30 de junio (primera cuota) y el 31 de diciembre (segunda cuota). El incumplimiento de estos pagos en las fechas indicadas conllevará la aplicación de los recargos por mora e intereses indemnizatorios establecidos en los Arts. 26, 27 y 252 del Código Tributario.
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