Perfil de Davide Sala

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domingo, 6 de febrero de 2022

Cerrado

residuos sólidos

¿Cómo se hace el pago del impuesto sobre residuos sólidos? ¿Tengo que ir a la DGII? En la página del popular donde pago siempre no me da la opción...

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Solución oficial

Buenos días, Davide. Gracias por contactarnos.

 

Para realizar el pago de la Contribución por Gestión y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (CRS), el contribuyente deberá presentar a través de la Oficina Virtual su Declaración de Renta anual y de acuerdo a la información reportada en esta, la “Declaración de Oficio para el pago de Contribución por Gestión y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (CRS)” vendrá completada de manera automática, por lo que solamente deberá aceptarla y enviarla.

 

La autorización de pago se generará igualmente de forma automática y puede realizar el pago del impuestos en las entidades financieras indicadas en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61213wBu95

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61214wBu9g)

 Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61217wBu9c

Es un placer servirle.

12 Mensajes

hace 4 años

Buenos días,

Procedimiento

Para pagar el tributo el contribuyente solamente deberá presentar su Declaración de Renta Anual y de acuerdo a la información reportada en esta, la Declaración de Oficio para Contribución para la Gestión y Coprocesamiento de Residuos Sólidos se completará de manera automática.

Las declaraciones que generarán dicha autorización son las siguientes:

  • Formulario declaración jurada anual del Impuesto sobre la Renta de Sociedades (IR-2)
  • Declaración jurada anual para Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL-01)
  • Declaración jurada anual de RST para personas jurídicas de ingresos (RS2)
  • Declaración jurada de RST para personas jurídicas por método de compras (RS3)
  • Declaración jurada de RST para personas jurídicas sector agropecuario (RS4)

Las fechas límites para pagar esta contribución son:

  • ​Para los contribuyentes del IR2 e ISFL será igual a la fecha límite de pago de estos impuestos que es a más tardar 120 días después de su fecha de cierre.
  • Para los contribuyentes del RST será igual a la fecha límite de pago de la primera cuota según aplique:
  • ​Personas jurídicas acogidas al RST por Compras y las de RST por Ingresos a mas tardar el último día laborable de marzo

    Contribuyentes del sector agropecuario: a mas tardar en la fecha límite de su presentación de declaración jurada.​

    Información tomada de:

DGII informa pago contribución por residuos sólidos inicia en julio

(Tome de esta publicación los datos para procesamiento, la fecha de publicación es 2021).

Saludos cordiales,

Doris Esther Alba Amaro