lunes, 4 de julio de 2022

Cerrado

Requisitos para registrar pérdida del IR-2

Para solicitar el registro de una pérdida del IR-2, ¿cuáles son los formularios que debo de llenar para depositarlos?.

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Solución oficial

Buenos días, Frederick. Gracias por contactarnos.

 

Se debe completar en el anexo E del IR-2. A. PÉRDIDAS DE AÑOS ANTERIORES:

Son aquellas pérdidas que sufren las empresas en su actividad económicas, en ejercicios de años anteriores.

 

Le exhortamos visualizar el instructivo de llenado a través del siguiente enlace: 

Instructivo IR-2 (http://ms.spr.ly/61212bx6mi)

 

En otro orden, para recibir asistencia con sus registros contables, le exhortamos a consultar con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61213bx6mc)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61216bx6mm

Es un placer servirle.