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jueves, 19 de febrero de 2026

Requisitos para la devolución de gastos educativos a través de la DGII desempleados

La certificación que da la empresa,es una carta que indica el tiempo que labore con ellos?, y además de esa carta que otro requisito se necesita 

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Oficial

Buenas tardes, Dulce. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA2144 ¿Qué debo hacer para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

3 Mensajes

hace 24 días

Es de los gastos educativos 

Buenas tardes, Dulce. Gracias por contactarnos.

 

Sí, el proceso al que la referimos en nuestra respuesta anterior también aplica para gastos educativos, en los casos en los que haya tenido que presentar Gastos Educativos a través de IR-1 por no haber terminado el año en la empresa. No obstante, si terminó el año en la empresa y el sistema le generó la constancia de saldo indicando a su empleador efectuar el reembolso, podrá solicitar el reembolso a Impuestos Internos, si el empleador se niega a hacerlo, llevando a cabo el proceso indicado en otra pregunta de esta comunidad. Le invitamos a acceder a ella a través del siguiente enlace: CA1168¿Quién debe reembolsarme el saldo a favor generado por gastos educativos?

 

Importante: Si se generó el saldo a favor y el empleador está dispuesto a efectuar el reembolso con la autorización generada, puede hacerlo y le será acreditado.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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