miércoles, 24 de enero de 2024 14:29

Cerrado

requisitos para el cambio de persona fisica a juridica

una persona fisica que se haya registrado en la dgii en el 2023 para poder cambiar a persona juridica deben primero presentar su 1R1 del 2023 y luego solicitar el cambio.  y que requisitos deben tener.  que procedimiento debe seguir .

Solución oficial

Buenos días, Leidys. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que sí, debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones.

 

Cuando una persona física requiera constituirse como persona jurídica, lo que procede es cambiar su condición de contribuyente a registrado mediante la actualización o modificación de la actividad económica a una que no genere obligaciones tributarias.

 

Las personas físicas no pueden inactivar su RNC cuando cesan de manera definitiva sus operaciones, esto debido a que su RNC corresponde a su número de Cédula de Identidad y Electoral.

 

Importante:

  • Las personas físicas no pueden disolverse debido a que desempeñan una actividad económica bajo el ejercicio independiente de una profesión u oficio y su RNC es el número de Cédula de Identidad, a diferencia de las Personas Jurídicas que poseen una denominación social que se constituyen de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 479-08 sobre sociedades comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada (Modificada por la Ley 31-11), a las que se les reconocen como sujeto de derecho y facultades para contraer obligaciones civiles y comerciales.
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Puede solicitar a la incorporación al RNC, agotando el procedimiento indicado en el siguiente enlace, según sea su caso:

 

·           Inscripción Persona Jurídica: http://ms.spr.ly/61215TxJgV

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.