49 Mensajes
REPORTE FACTURAS 606
Hola!
Tengo una consulta y es la siguiente: ¿cuando hay facturas de compras / gastos a credito estas se deben reportar de todas formas en el mes que se emitio esa factura o se deben reportar cuando se paguen estas facturas?
Ejemplo: si tengo facturas con fecha de emision enero, pero son a credito debo reportarlas en el 606 enero o cuando se paguen esas facturas en el 606 de febrero, por ejemplo.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 26 días
Buenas tardes, Mariela. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA3506 ¿Cómo debo reportar las facturas a crédito en los formatos 606 y 607?
Nota: Tenga en cuenta leer también las consideraciones importantes.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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JOSE MIGUEL CASTILLO
175 Mensajes
hace 26 días
Buenos dias, debe ser en la fecha de emicion de la factura, no importa el pago. A menos que tenga retencion
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Rocio Santana
48 Mensajes
hace 26 días
Se deben reportar cuando se efectue el gasto, con la fecha que indica la factura e indicar la forma de pago de estas.
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