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sábado, 18 de abril de 2026

Reporte de retenciones 607 ITBIS en comprobantes electrónicos

Estimados señores,

Cordial saludo.

En el caso de una empresa que presta servicios profesionales y que es emisora de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), cuando a dicha empresa se le realiza una retención del 30% del ITBIS por parte de su cliente —ya sea en el mismo mes de emisión de la factura o en el mes siguiente al pago—, ¿corresponde al contribuyente retenido reportar dicha retención a través del Formato 607 electrónico?

Esto considerando que la DGII ya dispone de la información de los comprobantes fiscales electrónicos de manera automática.

Agradeceríamos nos indiquen si es obligatorio remitir el Formato 607 para informar a dgii de dicha retención, y si no se duplicaría el 607?  o si ya eso no hay que hacerlo como antes?

Quedamos atentos a su orientación

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