Perfil de Vanessa

martes, 30 de enero de 2024 13:48

Cerrado

Reporte de ingresos IR-2

Sres. DGII, 

En los casos que existen notas de crédito con más de 30 días las cuales en los IT-1 no se rebajan de los ingresos debido a que se colocan como "Otras operaciones positivas", pero, contablemente si se rebajan ya que corresponden a devoluciones sobre ventas, para fines de IR-2 debo reportar los ingresos según IT-1 o según los registros contables. 

Gracias de antemano! 

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Vanessa. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que debe reportarlo según las informaciones del IT-1, ya que los sistemas tomaran en cuenta esos registros al momento de realizar el cruce de información.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.



81 Mensajes

De acuerdo, entonces para que la utilidad fiscal sea igual a la utilidad en libro, debo colocar las notas de crédito con mas de 30 días en la casilla 1.3 "Devoluciones sobre ventas" del anexo B-1?

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

Sí, en esta casilla 1.3) DEVOLUCIONES S/VENTA (-) Coloque el balance de esta cuenta al final del ejercicio fiscal por las devoluciones realizadas durante el ejercicio fiscal a declarar.

 

Puede consultar el instructivo de llenado a través del siguiente enlace:Instructivo IR-2 FINAL (http://ms.spr.ly/61219iLY6Z

 

Para más detalles sobre el llenado de la Declaración Jurada Anual de Renta IR-2, le recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.

Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.