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lunes, 15 de junio de 2020

Cerrado

Reporte de Gastos de Mano de Obra Construcción

Buen día,

Puedo reportar a mi maestro de obra en TSS con su salario fijo y reportar aparte en el IR-17 con la retención del 2% los depósitos que le haga para que el mismo pague a los obreros en construcción?
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenos días. No, si el maestro constructor es asalariado debes aplicar la escala correspondiente de ISR y realizar el reporte mediante la nómina en TSS y el IR-3. 

El IR-17 es utilizado para reportar retribuciones complementarias en especie a tus empleados (no monetarias, tales como vehículos) y otras retenciones a personas externas a la empresa y/o demás entidades.

En cuanto a los ajusteros, si eres una constructora debes retener el 2% del valor pagado y realizar el reporte de acuerdo con el procedimiento establecido en el Artículo 3 de la Norma 07-07.

Si no eres una constructora debes emitir un Comprobante para Pagos al Exterior (B17) y retener un 27% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), al pago realizado. Artículo 305 de la Ley 11-92 (Código Tributario).

El comprobante emitido deberá ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606). La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

910 Mensajes

hace 5 años

Buenos días, No. si registra el maestro constructor como empleado ante la TSS ya no podrá realizar retención del ISR por trabajo de construcción. Solo le emitirá un B11 a los trabajadores informales y a los cuales le retendrá el 2% del ISR.