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Reporte de factura de Pedidos Ya en el formato 606
Hola. Tengo un restaurante en el cual ofrecemos el servicio de delivery por la plataforma de Pedidos Ya. Dicha plataforma nos envía cada semana una factura de crédito fiscal por el servicio que nos proporciona, esto es comisiones, servicio de transporte... Al presentar estas facturas en el formato 606, ¿qué tipo de bien y servicio se le debe poner?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 11 meses
Buenas tardes, Amanda. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que el tipo de gasto debe corresponder según la actividad económica del contribuyente, puede visualizar la clasificación de los gastos a continuación:
1. Gastos de personal.
2. Gastos de trabajos, suministros y servicios.
3. Arrendamientos.
4. Gastos de activos fijos.
5. Gastos de representación.
6. Gastos deducciones admitidas.
7. Gastos financieros.
8. Gastos extraordinarios.
9. Compras y gastos que forman parte del costo de venta.
10. Adquisiciones de activos.
11. Gastos de Seguros.
Para consultar las descripciones de los gastos lo exhortamos a consultar la norma 07-18: https://acortar.link/J3o5a0
En ese mismo orden, por la naturaleza de la consulta en caso de requerir una asistencia mas especializada la recomendamos canalizar la consulta con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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