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REPORTE DE ENCF RECHAZADOS EN EL IR17
Tengo unos ENCF rechazados en el IR17 por situaciones internas de nuestro sistema, cuando se hace el envió nos indica Rechazados por DGII, cada vez destacar que son las nuevas retenciones de Publicidad del 15% para Remesas del Exterior de la Nueva Ley 30- 26. Puedo utilizarlos para hacer el reporte del IR17 hasta tanto obtenga la aceptación de los mismos, o debe excluirlos y presentarlos en el mes en que se obtenga la aceptación del ENCF?


Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.9K Mensajes
hace 11 horas
Buenas tardes, Yesika. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.9K Mensajes
hace 11 horas
Buenas tardes, Yesika. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que, si la retención fue realizada en el mes en que fue rechazado el comprobante, no será necesario reportarlo en un mes diferente, sino que podrá hacerlo una vez sea emitido y aceptado correctamente el comprobante. Para estos fines, le recomendamos efectuar un pago a cuenta, gestionando la autorización de pago para estos fines en la administración local a la que pertenece. De este modo, en el momento en que pueda enviar la declaración, no se le generarían recargos e intereses por el monto pagado a cuenta.
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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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