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Reporte de constructora
Saludos
Tengo una duda;
Si una constructora emite una factura con valor fiscal de RD$200,000.00 según se y de acuerdo a la norma 07-07 de esos RD$200,000 el contribuyente sólo reporta el 10% y a ese 10% es que se le aplica el Itbis.
Tengo a alguien que emitió una factura de RD$200,000 y reporto el 10% de la factura (20,000) y el Itbis (3,600) de acuerdo a ese 10%, pero el cliente que recibió la factura reporto el monto total es decir los RD$200,000 y pero el Itbis que reporto fueron los 3,600 que pertenecen al 10% de la factura.
Entonces me gustaría saber cuál de las dos partes está en lo correcto ???


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 4 meses
Buenas tardes, Gabriela. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, la norma no modifica la forma de reportar la factura, solo señala a que monto se le calculara el itbis en un escenario específico. Quien reporto el monto total y el itbis esta en lo correcto.
Norma 07-07
Artículo 4.- Cuando un contratista o subcontratista, sean estas Personas físicas o
Jurídicas, realicen trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales,
equipos o piezas de la construcción, la facturación del 18% del ITBIS se aplicará sobre el
10% del monto total de los trabajos facturados. El ITBIS facturado de esta manera, estará
sujeto a la retención del 100% si quién factura es una Persona Física y de 30% si quién
factura es una Persona Jurídica.
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Es un placer servirle.
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