jueves, 27 de agosto de 2020

Cerrado

REPORTE DE COMPRA POR INTERNET EN EL F-606

Como Reportar en el F-606 las compras realizadas por Internet y traída Vía Courier, ya que la misma No cuenta con NCF ni Declaración Aduanal y el Courier solo factura el servicio por los gastos incurridos por la desaduanización de las mercancías adquiridas
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Solución oficial

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hace 5 años

Buenas tardes, Antonio. La compra de bienes realizada en el exterior debe ser reportada de la siguiente manera:

• En el IT-1: el valor del ITBIS pagado en la importación (no aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).

• En el ISR (IR-1/ IR-2): debe reportar el gasto incurrido por la adquisición de los bienes importados (el soporte del gasto es la declaración de aduanas).

• En el Formato 606: el gasto por el servicio de transporte y desaduanización de la mercancía (aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).

Consideraciones Importantes: 

Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.

Cuando una Persona Física hace uso de la exención contributiva, no puede deducir de la renta bruta de sus actividades de negocios, los gastos comprobados necesarios para obtener, mantener y conservar la renta gravada. 

Puedes consultar esta información ingresando mediante este enlace: 

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca1117-como-debo-reportar-la-compra-de-bienes-realizadas-en-el...

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