11 Mensajes
Reportar montos no consumidos de combustible empleados
Saludos comunidad DGII,
Tengo un problema que está sucediendo actualmente en mi empresa, los colaboradores gerenciales tienen asignados una tarjeta flotilla para combustible (exclusivamente), la cual utilizan exclusivamente para sus labores diarias, dichas tarjetas tienen un monto fijo asignado de RD$10,000 pesos, pero no todos los meses los gerentes consumen el 100% de la tarjeta, puede que en un mes solo consuman, por ejemplo, solo RD$8,000.
¿Como debo reportar a la dgii ese monto de combustible no consumido por el colaborador?
¿Solo debo reportar a la dgii los montos consumidos con las facturas con comprobantes y solo pagarle al mes siguiente al colaborador la suma de lo consumido, por ejemplo, solo RD$8,000?
En conclusión, ¿que hago con ese dinero que le pague vía tarjeta flotilla al colaborador, el cual el colaborador no consumió y no tengo manera alguna de reportar a la DGII?
De antemano les agradezco sus respuestas.
Saludos


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.8K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Hander. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, solo debe reportar a esta DGII los montos consumidos de combustibles sustentados en Comprobantes Fiscales.
Si el colaborador no lo consumió todavía está disponible el monto, por lo que, no puede considerarlo como un gasto.
En caso de que la diferencia se la deje al colaborador para cubrir cualquier otro gasto no relacionado a sus labores, el mismo deberá ser reportado en adición al monto del salario como parte de sus ingresos.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
2
0