martes, 26 de mayo de 2026

Reportar comprobante electronico de compras

Si emito un E41 debo reportarlo en mi 606 para el tema de las retenciones?

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Solución oficial

Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que los emisores electrónicos actualmente deben reportar a través del 606 los E41 y cualquier otro tipo de comprobante autoemitido, ya sea que involucren o no una retención, exceptuando los que sean anulados con notas de crédito y las notas de crédito que los anulen o los modifiquen.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.