miércoles, 10 de diciembre de 2025

Cerrado

Reparto equipos pesados como beneficio

Una empresa constructora, tiene 3 equipos pesados, un socio quiere salir de la empresa, podemos repartir los equipos pesados como beneficio? Solo pagaría el 10%? También tendría que pagar ITBIS también?

El equipo pesado es un bien de la empresa para ejecutar su objeto social. Si lo vende a un tercero tendría pagar ITBIS?

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Solución oficial

Buenas tardes, Sonia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la transferencia de vehículos se encuentra gravada con el ITBIS, por lo que sí tendría que gravarse con el impuesto esta transferencia.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Gracias por su pronta respuesta. Pero si es una distribución de activos entre los socios, reparto de dividendos, también tendría que retener el 10% del ISR?

Buenas tardes, Sonia. Gracias por contactarnos.

 

Así es, corresponde también la retención del 10% del ISR, tratándose de una distribución de dividendos. 

 

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