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rehabilitación de un sistema pluvial
cual es la retención correcta de una rehabilitación de un sistema pluvial prestada por una compañía a una entidad del estado y si esta gravado con itbis
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cual es la retención correcta de una rehabilitación de un sistema pluvial prestada por una compañía a una entidad del estado y si esta gravado con itbis
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 meses
Buenas tardes, Roilin. Gracias por contactarnos.
El Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos deben retener un 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) cuando realicen pagos a sus proveedores (Personas Físicas o Jurídicas) por la adquisición de bienes y servicios en general, no ejecutados en relación de dependencia. No obstante, cuando estos pagos sean a favor de Personas Físicas y correspondan a los conceptos indicados en los literales del párrafo del Art. 309 del Código Tributario, la retención debe ser efectuada conforme los porcentajes señalados en dichos literales, de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 68 bis del Reglamento 139-98.
En ese mismo orden, el servicio de rehabilitación de un sistema pluvial si se encuentra gravado con el ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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