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viernes, 13 de mayo de 2022

Cerrado

Reglamento 78-14

Conforme al reglamento 78-14, ¿Qué le pasa a una empresa que, para el manejo con sus partes relacionadas, no presenta ni acuerdo para gastos corporativos, reparto de costo o acuerdo de precio por anticipado? 

Esta pregunta es para fines académicos.

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Solución oficial

Buenas tardes, Fany. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que cuando se requiere información para realizar tareas o trabajos universitarios, debe ingresar a nuestra página web a través de este enlace https://saip.gob.do/index.php?content=index o depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de nuestra sede central o en Administración Local más cercana, una carta de solicitud con copia de su cédula; la misma debe estar dirigida a la Dirección General de Impuestos Internos con atención al Departamento de Libre Acceso a la Información Pública.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.