GT

jueves, 9 de noviembre de 2023 12:50

Cerrado

Registros 607 en la declaracion de IT1

Hola,

estoy usando el facturador gratuito, he generado las facturas de octubre y veo que cuando voy a hacer la declaración no me trae dichos registros de ventas

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Gioberty. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su caso, le informamos que, los contribuyentes que poseen solución fiscal o se encuentran acogidos a la Facturación Electronica, deben llenar el anexo A de la Declaración de IT-1 de manera manual.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Siguiendo por esa línea, qué implicaria que también suba el archivo 607, aunque haya facturado con el facturador electrónico?

Buenos días, Gioberty. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, los emisores de e-CF electrónico solo tiene que remitir el formato 606 por los NCF tradicionales (serie B) que le son emitidos y el 609 con las informaciones de los pagos al exterior.

 

No tendrá que enviar los demás formatos de envío de datos, ya que las informaciones de los e-CF se reciben electrónicamente en el formato estándar de factura (XML).

 

Importante:

 

  • Cuando los emisores electrónicos no puedan facturar con e-CF por encontrarse en contingencia, tampoco será necesario que remitan los formatos 607, siempre que su facturación, sea 100% electrónica, debido a que deben referenciar los NCF serie B emitidos con comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) a través de su sistema de facturación.
  • En los casos de anulaciones, tampoco será necesario remitir el 608, siempre que su facturación sea 100% electronica, debido a que el contribuyente debe emitir notas de crédito/débito electrónicas o utilizar el servicio web de anulación, según corresponda. 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.