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registro persona física
Buenas tardes: Estoy realizando mi inscripción como persona física en el Registro Nacional de Contribuyentes, bajo la solicitud SI-1231144. La DGII me ha requerido documentación adicional para acreditar mi domicilio. He presentado un contrato de alquiler notariado, una factura reciente de EDESUR y un acta de matrimonio expedida por la JCE, ya que los documentos de domicilio figuran a nombre de mi esposa. Sin embargo, las respuestas recibidas no han aclarado si esta documentación es suficiente o si resulta indispensable presentar adicionalmente una declaración jurada de domicilio. Mi consulta es la siguiente: ¿Existe algún departamento o procedimiento mediante el cual pueda solicitar una evaluación concreta de los documentos presentados antes de iniciar una nueva solicitud de inscripción? En caso afirmativo, agradecería me indicaran cómo proceder y si puedo presentar los documentos electrónicamente. Referencias: solicitud SI-1231144 y caso 221101. Muchas gracias por su atención


Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 horas
Buenas tardes, Felipe. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su solicitud, le informamos que puede dirigirse de manera presencial a la Gerencia de Registro, ubicada en el 2do. piso, lado A, de la Sede Central, o comunicarse marcando el 809-689-2181, Ext. 2816 para recibir asistencia sobre su caso.
Asimismo, puede esperar la respuesta del área de Oficina Virtual a través del correo electrónico, utilizando como referencia el caso núm. 221101, el cual se encuentra siendo gestionado por dicha área.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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