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Registro Único de Ingresos
Buenas tardes.
Si estoy autorizado a emitir comprobante de Registro Único de Ingresos B12.
¿ donde se reporta? ¿en el mismo 607?
Saludos.
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Buenas tardes.
Si estoy autorizado a emitir comprobante de Registro Único de Ingresos B12.
¿ donde se reporta? ¿en el mismo 607?
Saludos.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Norys. Gracias por contactarnos.
Sí, debe reportar en el formato 607 todas las facturas de crédito, comprobantes especiales (Ej.: Registro Único de Ingresos, Exportación, Gubernamentales, Otros) y aquellas facturas de consumo con montos facturados igual o superior a los doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000.00).
Las facturas de consumo que no excedan este monto deben ser remitidas a través de la opción disponible en la Oficina virtual para esos fines.
Consideraciones Importantes:
Cuando se remiten facturas de consumo en el 607 se debe completar el campo RNC/Cédula de dicho formato con el documento de identidad de la persona que adquiere el bien o servicio. En el caso de los comprobantes de exportación, esta casilla se debe completar con el número de pasaporte o el ID tributario de la persona o entidad que adquiere el bien o servicio.
A través del formato 607 también se deben remitir las notas de crédito o débito que modifican facturas de consumo, aunque el monto de la factura a modificar sea inferior a los doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000.00). Este monto podrá ser ajustado anualmente por inflación.
Para los periodos mayo y junio del 2018, las facturas de consumo que se pueden enviar a través del formato 607 son aquellas cuyo monto sea igual o superior a cincuenta mil pesos (RD$50,000.00), según lo establece la Norma General 10-18.
Los contribuyentes omisos en la remisión del formato 607 o que deban rectificar dicho formato de periodos anteriores a abril 2018 inclusive, deben efectuar dicho reporte en la forma y condiciones establecidas en la Norma General 06-14.
Para conocer el registro de las facturas en el formato 607, le exhortamos a consultar el instructivo ingresando al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612159qeDb
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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