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Registro en sector construccion
Si se tiene un proyecto de remodelación de una oficinas en una zona franca y no necesito optar por la exoneracion a los activos. ¿de igual forma se debe registrar el proyecto en el formulario FI-DVB-009 para poder hacer uso de la norma 07-07 para el pago del maestro constructor en el ir17 e iR2 ? Es el único proyecto y no se facturo con itbis debido a que están exenta por destino por ende el uso de la Norma es solo para pagar al maestro constructor.
tambien se subcontracto una persona fisica para trabajar puertas y ventanas pero esta dio su comprobante y se le retuvo itbis e ISR porque lo reflejo en su factura? Estuvo bien?
¿Ademas las facturas de gasto en el 606 me debo llevar el itbis a costo al ser un proyecto o igual debo adelantarlo ?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.7K Mensajes
hace 1 mes
Buenos días, Nicol. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, para una remodelación no se completa el formulario de registro de proyectos inmobiliarios. Para que no haya facturación de ITBIS es necesario que la zona franca presente su respectivo carne o bien, un documento que sustente la exención.
Respecto a la facturación, plasmar la retención de ISR no es un problema.
Para el tratamiento al momento de reportar le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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