25 Mensajes
Registro de los intereses ganados en la declaración IR1
Considerando que los intereses generados por prestamos realizados por una persona física, tienen un pago único y definitivo del 10% ISR, mismos que son retenidos por la empresa que realiza el pago de los intereses, el caso es la siguiente.
Cuando registramos en el IR1 los intereses ganados por prestamos, y el ingreso por salario., y contemplamos en la declaración las retenciones realizadas como asalariado y las retenciones del 10% sobre los intereses, asi como los montos exentos de regalia y aportes a la TSS, debería dar monto a pagar Cero, pero el formulario no esta considerando el gravamen de pago único sobre los intereses, sino que esta llevando los ingresos a otra escala y genera el pago del 27% sobre los intereses que deben tener una retención única de un 10% y ya fueron pagadas.
La pregunta, donde debemos colocar el en IR1 estos intereses, para que cumplan con la retención unica del 10% y no calcule sobre la base del 27%.
Agradecemos su colaboración.-
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, los ingresos por concepto de intereses se encuentran sujetos a la retención del ISR. Considerando que esta fue efectuada con carácter de pago único y definitivo deben ser colocados en la casilla 10 u 11 (según corresponda) del Anexo B, así como en la casilla 3 del Formulario Principal (IR-1).
Con relación a las retenciones por salarios, estas no poseen carácter de pago único y definitivo, por consiguiente, deben declararse de la manera ordinaria.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
(Editado)
2
0